La regularización de una edificación en suelo no urbanizable consiste a grandes rasgos en el procedimiento jurídico y técnico
regulado por el Decreto 2/2012 por el cual una edificación ilegal terminada hace más de 6 años puede escriturarse e inscribirse en el Registro de la Propiedad. El procedimiento consiste en
declarar e inscribir la edificación como Asimilado Fuera de Ordenación Urbanística.
Sólo se autorizarán sobre la misma obras de conservación y mantenimiento.
El Ayuntamiento de Cartaya ha aprobado una Ordenanza Municipal sobre normas mínimas de habitabilidad y salubridad de las edificaciones en el suelo no urbanizable, y una regulación adicional del procedimiento establecido por el Decreto 2/2012, de 10 de enero, para el reconocimiento de la situación de asimilado al régimen de fuera de ordenación de las edificaciones aisladas.
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